5ª.- ¿Cómo puedo pagar la Tasa?

Cuando reciba la liquidación, puede abonarla en cualquiera de las entidades financieras que figuran en la misma.

También tiene la opción de domiciliar el recibo solicitándolo al Consorcio mediante la presentación del impreso que puede encontrar en la web (Modelos e impresos / Actualización de padrones) y marcar la opción “Domiciliación bancaria”.